Ley de Promoción de Alimentación

Ley de Promoción de Alimentación

El Estado Plurinacional de Bolivia promulgó la presente Ley para promover los hábitos alimentarios saludables a fin de evitar enfermedades crónicas relaciona- das con la dieta para vivir bien, siendo el alcance: (l) La promoción de alimentos saludables y actividad física, (II) La regulación de la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas y (III) La regulación de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, por lo que amplía las competencias del Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Promoción de Salud.

La norma otorga competencia a los Ministerios de los Ramos para revalorizar los alimentos locales, y los alimentos con alto valor nutritivo, que coordinarán con los Gobiernos Municipales la promoción y fiscalización de los comedores y servicios de alimentación, así como el consumo del agua, lo que implica la fiscalización a las empresas privadas que cuentan con comedores para sus trabajadores, restaurantes en general y servicios de catering, debiendo estos adecuarse a la normativa vigente, así como por ejemplo garantizar la inocuidad alimentaria, incluir en el menú mensajes que promueve la alimentación saludable y otros. Asimismo la norma regula la publicidad con lo que se debe procurar incluir o lo que se debe evitar incluir como por ejemplo el crear una urgencia o dependencia por adquirir alimentos o bebidas no alcohólicas.

Finalmente la norma regula las características del etiquetado que debe utilizar un sistema gráfico de barras de colores de manera clara, legible destacada y comprensible de acuerdo al nivel de concentración de grasas saturadas, azúcar añadida y sodio. Estando el Despacho de Abogados RATIO LEGIS, en su área Administrativa dispuesta a ampliar la Información y asesorar en la adecuación de la norma y la gestión ante el Misterio de Salud y Deportes en los permisos que se requerirán conforme a Ley.

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