Póliza de seguro en propiedad horizontal

Póliza de seguro en propiedad horizontal

En Bolivia, el régimen de propiedad horizontal se rige principalmente por la Ley de Propiedad Horizontal de 30 de diciembre de 1949 y por el Código Civil Boliviano (artículo 184 a 200). Estas normas establecen la copropiedad forzosa sobre las áreas comunes de los condominios y las obligaciones compartidas de los propietarios. En particular, la ley dispone que cada copropietario debe contribuir, en proporción al valor de su unidad, a los gastos comunes del edificio, incluyendo ”los de administración, mantenimiento,  reparación y al pago de servicios y primas de seguros ”.

Adicionalmente, la Ley de Seguros Nro1883(25 de junio de 1998) y la normativa de la Autoridad de Pensiones y Seguros (APS) regulan la contratación de seguros en el país. Por lo tanto, cualquier póliza que se contrate para un condominio debe celebrarse con una compañía de seguros legalmente habilitada en Bolivia, cumpliendo con las condiciones y coberturas mínimas que exija la normativa vigente.

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