Citación por pago de salarios

Conforme a instructivo emitido por el ministerio de trabajo, instruye a las Jefaturas Departamentales el cual establece una excepción a las citaciones conciliatorias de dicha entidad. Se establece que en caso de que la citación sea por pago de salarios devengados, ante la instancia del empleador a la audiencia de conciliación se deberá realizar inmediatamente una inspección laboral en la empresa, para proseguir procedimiento conforme la instructiva.
Recommended Posts

Resolución general DNIT N.º 49/2026 – nuevas exigencias sobre utilidades y estados financieros
06 Apr 2026 - Publicaciones

Reglamento técnico de afiliación, desafiliación y reafiliación de la seguridad social de corto plazo
06 Apr 2026 - Publicaciones

Depreciación Acelerada e ICE 2026
06 Apr 2026 - Publicaciones
¿Necesitas Ayuda?
Iniciar conversación
Hola! Click en uno de nuestros miembros para iniciar el chat via Whatsapp
Generalmente respondemos en unos minutos
