Principio de subsidiariedad en casos de madre embarazada o padre progenitor hasta el año de nacida la hija o el hijo

La jurisprudencia constitucional es clara sobre la necesidad de brindar una protección reforzada, pronta y oportuna a los padres del hij@ en estado de gestación o menor de un año, estableciendo a tal efecto la excepción al principio de subsidiariedad (que obliga al afectado en sus derechos agotar previamente los medios de impugnación otorgados por la legislación).
Recommended Posts

Registro único nacional (RUN) de ONG y fundaciones
25 Aug 2026 - Actualidad Normativa, Publicaciones

Corrupción y soborno en Bolivia
06 Jul 2026 - Boletín Comex, Publicaciones
¿Necesitas Ayuda?
Iniciar conversación
Hola! Click en uno de nuestros miembros para iniciar el chat via Whatsapp
Generalmente respondemos en unos minutos

