Ley 728
Publicado en la Edición: 788NEC Fecha de Publicación: 02/09/2015
01 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- Declara el 30 de agosto de cada año “Día del Trabajador de Televisión”, sin suspensión de actividades, día en que se celebrarán actos adecuados por las entidades llamadas al efecto.
Recommended Posts

Estabilidad laboral en Bolivia: ¿protección necesaria o rigidez para el desarrollo empresarial?
07 Oct 2026 - Actualidad Normativa

El voto disidente en el directorio
07 Oct 2026 - Actualidad Normativa

El vacío legal que frena la expansión
07 Oct 2026 - Actualidad Normativa
¿Necesitas Ayuda?
Iniciar conversación
Hola! Click en uno de nuestros miembros para iniciar el chat via Whatsapp
Generalmente respondemos en unos minutos
