Despido del trabajador por responsabilidad establecida en proceso administrativo interno o por imputación formal en proceso penal

El Tribunal Constitucional, a establecido claramente que el empleador cuando observe que un trabajador despliega una conducta típica como delito por la norma penal, no puede despedirlo directa o indirectamente, más al contrario en resguardo de la garantía del debido proceso y del principio de presunción de inocencia se debe iniciar un proceso administrativo interno en la via disciplinaria.
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